La condición de embarazo constituye el principal motivo de
discriminación laboral contra las mujeres, de acuerdo con las denuncias que
recibe el Conapred. Durante el sexenio pasado ingresaron a este organismo 318
quejas y reclamaciones al respecto. Los casos, tanto en el sector privado como
en el público.
En entrevista con Contralínea, la funcionaria habla de la
dificultad de dejar constancia de este tipo de situaciones, pues generalmente
ocurren de manera silenciosa. Así, por ejemplo, aunque la mayoría de los
contratistas (privados o públicos) no contempla la prueba de embarazo dentro de
los requisitos de ingreso, durante el proceso de selección sí la aplican.
Respecto del despido por condición de embarazo, que
representa la causa número uno de quejas de mujeres contra particulares que
atiende el Conapred (de 2009 a 2012 fueron 198), Téllez Lino refiere las
dificultades que representa el acreditar esta circunstancia ante los tribunales
laborales, situación que orilla a las mujeres a denunciar como si se tratara
únicamente de un despido injustificado. Y es que en estos casos no basta con
que la mujer presente su certificado de gravidez y asegure que por esa razón la
privaron de su empleo.
La directora general adjunta de Quejas y Reclamaciones del
Conapred advierte sobre el riesgo de que estas denuncias sigan clasificándose
como despidos injustificados y no como lo que realmente son.
De acuerdo con el artículo 4 de la Ley Federal para Prevenir
y Eliminar la Discriminación, toda distinción por condición de embarazo que
tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los
derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas es un acto
discriminatorio. No obstante, hoy día el embarazo continúa siendo una de las
razones primordiales de no contratación o despido laboral en contra de las
mujeres.
Despido por embarazo, otra forma de violencia de género
Para la Comisión Nacional para Prevenir y
Erradicar la
Violencia contra las Mujeres, la discriminación en el ámbito laboral por razón
de embarazo constituye “otra forma de violencia contra las mujeres”.
En su Estudio nacional sobre las fuentes, orígenes y
factores que producen y reproducen la violencia contra las mujeres, el órgano
dependiente de la Secretaría de Gobernación apunta que a pesar de que las
convenciones y tratados internacionales obligan al Estado mexicano a proteger a
las mujeres de la discriminación por embarazo, ya sea en el proceso de
contratación o posterior a éste, la Ley Federal del Trabajo sólo las
salvaguarda una vez que hayan sido contratadas. Así, “las pruebas de embarazo
previas a la contratación quedan en una especie de limbo”.
Para dar cuenta de la magnitud de esta problemática, el
documento presentado a los senadores el pasado 13 de febrero, alude a los
resultados de la Encuesta nacional sobre la dinámica de relaciones en los
hogares (Endireh) de 2011.
De acuerdo con esa investigación, al 14.2 por ciento de las
mujeres trabajadoras le han solicitado una prueba de embarazo como requisito
para obtener un empleo; en tanto que el 3.1 por ciento de ellas ha sido
despedida o le han disminuido el salario por su periodo de gestación.
La Endireh aporta también información sobre el perfil de las
49 mil 435 mujeres a las que les fue solicitada una prueba de embarazo durante
los 12 meses previos al levantamiento de la encuesta. Resalta que se trata
primordialmente de mujeres jóvenes (33.7 años en promedio), sin hijos, que
viven en unión libre y en zonas urbanas, de estrato socioeconómico medio y con
alta escolaridad.
Además subraya que, en orden jerárquico, son las mujeres
empleadas en fábricas, instituciones públicas y en el sector educativo quienes
más sufren de discriminación por condición de embarazo.
Despido por embarazo, otra forma de violencia de género
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